Seguro con cobertura de fallecimiento: cómo funciona y dónde contratarlo

Marta Barjola

La cobertura por fallecimiento es una de las más de las que más se incluye en diferentes tipos de pólizas. Sin embargo, al usarse solo en caso de fallecimiento del titular, es una prestación poco conocida y con cierta controversia entre los consumidores. Te ayudamos a que conozcas todos los detalles sobre los seguros con cobertura de fallecimiento aquí.

En caso de fallecimiento de un asegurado por este riesgo la indemnización económica es la contraprestación más habitual, pero no la única. Si estás interesado en cubrir este riesgo, es importante determinar qué tipo de cobertura por fallecimiento quieres, en qué seguros puedes tenerla, para qué causas y con qué prestaciones quieres contratarla. Es muy importante conocer las diferencias y el alcance para no contratar prestaciones que se solapen.

¿Dónde se contrata una cobertura por fallecimiento?

Las principales aseguradoras del sector tienen diferentes pólizas con las que cubrir el riesgo de muertes, es decir, cobertura por fallecimiento. No es una prestación rara ni poco común, se cubre habitualmente en diferentes tipos de seguros.

Seguro de vida

Es la clásica póliza que cubre el fallecimiento, lo hace de la forma más completa, según las necesidades y preferencias del titular, es en la póliza que mejor puedes cubrir el fallecimiento. Por lo general, es posible cubrirlo para una gran variedad de causas: accidental, natural… El riesgo se cubre, además por una cantidad concreta o indemnización que es la que reciben los beneficiarios del seguro en el momento que el titular fallezca, según condiciones y detalles particulares del contrato.

No es raro que en el mismo seguro de vida se cubra además del fallecimiento, los trámites relacionados con la muerte como traslados o funeral.

Contrata aquí un seguro de vida con cobertura de fallecimiento.

Seguro de vehículo: coche o moto

El conductor y a menudo también los acompañantes tienen cubierto el fallecimiento por accidente de circulación o siniestro en un seguro de coche. Hay una gran variedad de grados de protección y cobertura, según el tipo de seguro de coche o moto que contrates.

Contrata aquí un seguro de coche con cobertura de fallecimiento.

Seguro de viaje

La muerte del titular de un seguro de viaje también es habitual que se incluya como riesgo cubierto en un seguro de viaje. Tiene validez temporal, la que dure el viaje y suele estar sujeta a condiciones y a una suma económica determinada en función de la causa del fallecimiento. Detalles como la repatriación del cuerpo también suelen cubrirse en estas pólizas, lo que resulta realmente tranquilizador y cómodo, cuando se produce esta fatal situación durante un viaje.

Contrata aquí un seguro de viaje con cobertura de fallecimiento.

Seguro médico

La atención médica y cubrir las necesidades sanitarias del titular y, en su caso, su familia es el fin principal de un seguro de salud. Sin embargo, es frecuente que se incluye la prestación por fallecimiento especialmente en los seguros médicos más completos y con más prestaciones.

En el caso de los seguros médicos la cobertura por fallecimiento suele ser para casos de accidente, aunque no suele tener limitación geográfica y habitualmente se materializa en una indemnización económica, de acuerdo con las condiciones específicas apuntadas en contrato.

Contrata aquí un seguro médico con cobertura de fallecimiento.

Seguro de decesos

Los seguros de decesos son la herramienta más eficiente y recomendada, cuando se piensa en dejar a los familiares la ayuda necesaria para afrontar el duelo por la muerte. Sin embargo, entre las coberturas opcionales con las que se permite mejorar y enriquecer este tipo de póliza está la prestación por fallecimiento tanto en caso de accidente como en otras circunstancias. Encontrarás diferentes aseguradoras que incluyan o te permitan incorporar la prestación por fallecimiento en el seguro de decesos.

Si tienes una cobertura por fallecimiento, pero no sabes cómo funciona o ni siquiera eres consciente de tenerla, es complicado que puedas beneficiarte de ella o saber qué ventajas tiene. Presta atención porque es una situación muy común y es importante resolverla de forma rápida y con la información oportuna.

Contrata aquí un seguro de decesos con cobertura de fallecimiento.

Seguro de accidentes laborales

Las pólizas de accidentes laborales en cualquiera de sus versiones incluyen prestación por fallecimiento del trabajador. Lo habitual es que en este tipo de contratos se cubra la muerte, del empleado o trabajador por cuenta propia, como resultado de un accidente laboral o mientras estaba realizando sus obligaciones de trabajo. En este

El objeto principal de un seguro de accidentes es cubrir los gastos médicos en caso de accidente y las indemnizaciones, cuando el siniestro provoque la muerte o incapacidad del asegurado. Ten en cuenta que mientras que un seguro de vida puede cubrir todo tipo de causas de fallecimiento, el de accidentes laborales es específico para las muertes que ocurran en el entorno laboral y a causa del mismo.

¿Es posible tener una cobertura de fallecimiento y no saberlo?

Es fácil que tengas ya una cobertura por fallecimiento, aunque no seas consciente de ello. Es un escenario habitual porque es la clásica prestación que se incluye, por ejemplo, en muchos seguros de viaje o en el que llevan incluido las tarjetas de crédito en muchos casos.

Esta es una de las prestaciones que más personas tengan contratada sin saberlo, pero es importante acabar con esta situación y saber cómo funciona, si tienes alguna en vigor o descubras cómo saber si tu o cualquier otra persona está en esa situación.

El problema es que la cobertura por fallecimiento es una prestación que sí suele estar en muchos tipos de contratos de seguros -como acabamos de explicar-, pero que como se contratan centrando los intereses en otras coberturas de uso más frecuente o habitual, sin prestar la atención requerida a esta ventaja.

TE INTERESA:  Las fases del duelo - Cuáles son y como gestionarlas

Las coberturas por fallecimiento funcionan de acuerdo con los términos generales y las condiciones concretas contenidas en el contrato de seguro, sea cual sea su naturaleza. Es el documento que debe consultarse para saber qué supone este seguro y cuando se contrata, es la información en la que el titular debe fijarse para confirmar que la prestación responde a sus necesidades y a lo que él quiere cubrir con respecto a su muerte.

¿Cómo puedo saber si una persona fallecida tenía cobertura de fallecimiento?

Dada la peculiaridad de este tipo de prestación, existe un registro oficial, público y obligatorio en el que las compañías deben registrar todos y cada uno de los seguros –de vida o accidentes- donde se incorporan coberturas por fallecimiento.

El Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento depende del Ministerio de Justicia. El propio organismo explica su misión: “Es suministrar la información necesaria para que pueda conocerse por los posibles interesados si una persona fallecida tenía contratado un seguro para caso de fallecimiento, así como la entidad aseguradora con la que lo hubiese suscrito, a fin de permitir a los posibles beneficiarios dirigirse a ésta para constatar si figuran como beneficiarios y, en su caso reclamar de la entidad aseguradora la prestación derivada del contrato”.

No todos los contratos de seguro que pueden tener prestación por fallecimiento tienen obligación de registro, esta entidad recoge los relativos a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado, ya se trate de pólizas individuales o colectivas.

La petición de información al registro puede hacerla cualquier persona interesada en saber si una persona ya fallecida tiene contratado un seguro que cubriera su fallecimiento. Solo se puede acceder al registro, después de que la persona titular haya muerto y esta situación debe acreditarse por el interesado mediante certificado oficial. Se exige que hayan pasado 10 días desde la defunción y la petición en el registro.

Durante cinco años desde la muerte del titular del seguro la información estará disponible y pública, sólo se elimina antes, si la compañía informa de que las prestaciones ya han sido reclamadas y satisfechas, entonces el registro cancela la entrada para ese titular.

El registro tiene los datos personales del titular del seguro, la persona fallecida, que está convenientemente identificado con nombres, apellidos y número del documento nacional de identidad. Respecto a la aseguradora arroja datos como la denominación social, el domicilio, la clave administrativa con la que está inscrita la aseguradora y el código de identificación fiscal. Finalmente, sobre la póliza facilita el número de contrato o referencia al Reglamento de Prestaciones de la Mutualidad de Previsión Social, en su caso y el tipo de cobertura.

Contratar un seguro que cubra el fallecimiento es una gran idea y aporta seguridad a los titulares que sienten que dejan a los beneficiarios de su póliza con recursos económicos para afrontar este tipo de situaciones. Sin embargo, es de vital importancia hacerlo de la forma más adecuada. Recuerda:

  • Contrata la cobertura adecuada y con el alcance que desees, atención a las causas que cubre y a la indemnización económica que garantiza.
  • No dupliques coberturas por fallecimiento en diferentes tipos de seguro.
  • Informa adecuadamente y facilita todos los datos de cómo funciona a los beneficiarios para que en su momento reclamen lo previsto.

La cobertura por fallecimiento es la clásica prestación que solo se usa una vez y ni siquiera es un beneficio personal para el titular; sin embargo, tradicionalmente es altamente demandada especialmente para las personas con familia o que piensan en dejar una ayuda o aporte económico a las personas que les sobrevivan. Una de las razones para contratarlo que más argumentan sus titulares es que es posible elegir qué cantidad económica se garantiza y quién o quiénes serán sus beneficiarios, no necesariamente herederos o familia.

Escrito por: Marta Barjola

Consultora senior de comunicación, Experta en seguros de coche, moto, salud, vida, decesos, autónomos y empresas. Técnico de Marketing y Comunicación Interna y externa, periodista y comunicadora. Más de veinticinco años de experiencia, los últimos, con clara orientación al cliente. Interés por los medios digitales, entusiasta y proactiva. Especialista en temáticas relacionadas con banca y seguros, redactora de post para blogs, entrevistas y reportajes. Apasionada por la salud y el mundo empresarial.

Compártenos en:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.