Marta Barjola
Los seguros de vida son un producto que cada día contratan más personas, ya que son una garantía de protección económica para los miembros de un núcleo familiar. Pero, ¿Cómo es y qué incluye la póliza en el seguro de vida? Te explicamos todos los detalles.
A pesar de que contratar un seguro de vida no es obligatorio en nuestro país, es muy recomendable contar con una póliza de vida para proteger la situación económica tanto del titular como de los beneficiarios.
En caso de fallecimiento o invalidez permanente o absoluta del asegurado, la compañía de seguros responde con una indemnización que permite a los beneficiarios tener una protección económica.
En la póliza de vida, el tomador y la aseguradora se comprometen a cumplir cada uno de sus derechos y obligaciones por contrato.
Pero una póliza de vida puede ofrecer otras garantías imprescindibles que te conviene saber antes de contratar un seguro de vida.
Temas que se tratan en esta publicación:
¿Qué es una póliza de vida?
Se denomina póliza de seguro de vida al contrato que se realiza con la aseguradora y en el que quedan reflejados los derechos y obligaciones de cada una de las partes.
Con la firma del contrato, ambas partes se comprometen a cumplir todos los puntos que recoge este documento.
De esta manera, el asegurado se compromete al pago de la prima a cambio de una serie de coberturas que le ofrece la compañía de seguros en caso de eventualidad o imprevisto.
La póliza de vida es, por lo tanto, el documento que certifica este respaldo por parte de la aseguradora cuando contratas un seguro de vida. Dicho contrato garantiza el pago de un capital a los beneficiarios de la póliza en el caso de fallecimiento del titular
Por ello, es muy importante que le prestes mucha atención a las cláusulas de la póliza de tu seguro de vida en el momento de la contratación.
Si quieres contratar un seguro de vida, o mejorar las condiciones del que ya tienes, puedes contactar con nosotros, ya que llevamos muchos años gestionando este tipo de pólizas :), o puedes apoyarte en nuestro comparador de seguros de vida o revisar nuestra lista de los mejores seguros de vida para conocer cuáles son las aseguradoras más destacas, sus coberturas y a quíen están dirigidas.
Partes de la póliza del seguro de vida
Por norma general, casi todos los seguros de vida individuales cuentan con tres partes fundamentales en su contrato.
Condiciones generales
En las condiciones generales encontrarás las normas básicas que rigen la relación el asegurado y la compañía de seguros. Estas condiciones también suelen denominarse cláusulas o estipulaciones generales.
En ellas se estipulan las condiciones que hacen referencia a:
- Cobertura del seguro y materia asegurada.
- Exclusiones.
- Obligaciones y declaraciones del asegurado.
- Prima del seguro y consecuencias en caso de impago.
- Finalización del seguro.
- Comunicación entre las partes.
En este sentido, cabe señalar que el riesgo principal que cubren los seguros de vida es el fallecimiento por cualquier causa.
Por el contrario, en los riesgos adicionales se suelen incluir la incapacidad o fallecimiento por causas especiales, como enfermedad grave, la incapacidad absoluta o permanente y el fallecimiento por accidente.
Condiciones particulares
Las condiciones particulares son aquellas específicas para cada contrato. A diferencia de las generales, que se aplican en todos los contratos, éstas permiten la personalización de la póliza concreta de cada asegurado.
Estas condiciones pueden variar según el caso de cada persona y pueden ser libremente modificadas por las partes.
Las condiciones suelen incluir los siguientes puntos:
- Condiciones del aseguramiento.
- Determinación de la materia asegurada.
- Individualización del asegurador, contratante, asegurado y beneficiario.
- Explicación de la materia asegurada.
- Montante asegurado.
- Prima acordada y su forma de pago.
Condiciones especiales
Son aquellas que amplían, condicionan, limitan, varían o eliminan las coberturas previamente estipuladas en la póliza del seguro de vida.
Ten en cuenta que estas condiciones, una vez vigentes, prevalecerán sobre las condiciones generales.
Las cláusulas en la póliza del seguro de vida
Las cláusulas del seguro de vida son las condiciones o exclusiones que impone la aseguradora para que el contrato se haga efectivo.
Las pólizas de los seguros recogen todo tipo de cláusulas que modifican la estructura básica del contrato de protección. Por ello, las cláusulas son artículos que condicionan el comportamiento de la póliza.
Las cláusulas marcan una serie de condiciones en las que, ante determinadas situaciones, estipulan qué pasará con la póliza.
Por esto, es importante que conozcas las cláusulas de tu seguro de vida antes de formalizar la póliza, ya que la calidad y protecciones del seguro depende de ellas.
Cláusulas más frecuentes en las pólizas de vida
Conocer las cláusulas que recogen con más frecuencia los seguros de vida te ayudará mucho a saber si el seguro que vas a contratar te deja bien cubierto ante determinadas situaciones.
Además, tener en cuenta estas cláusulas te ayudarán a marcar la diferencia entre las distintas ofertas que ofrecen las compañías de seguros.
Existen dos tipos de cláusulas que te interesa distinguir antes de contratar un seguro de vida.
- Exclusiones y limitaciones. Estas cláusulas son las que plantean los límites al seguro que has contratado y suponen aquellas situaciones en las que la aseguradora no paga la indemnización. Determinan qué casos y situaciones están excluidas de las coberturas de vida.
- Sobre la determinación de la cobertura. Son las cláusulas en las que se impone la forma y marcan el funcionamiento y las condiciones, las primas mensuales, los gastos por mantenimiento o la penalización ante determinadas conductas.
Ten en cuenta que no podrán optar a contratar un seguro de vida las personas con enfermedades graves o crónicas, con incapacidad (privados legalmente), con profesiones de riesgo o los no residentes en España.
¿Qué es el capital asegurado?
El capital asegurado es la cantidad máxima que recibirán los beneficiarios en caso de fallecimiento o invalidez permanente total o absoluta, que se refleja en las condiciones de la póliza de vida.
Son varios los factores que influyen sobre el capital que debes asegurar. De entre ellas destacan la capacidad económica, la situación en la que te encuentres o la previsión que creas que es suficiente para satisfacer tus necesidades futuras y las de tu familia.
Lo normal es que, a la hora de suscribir una póliza, la compañía te realice un cuestionario sobre el estado de salud, edad y otros datos que, además del capital, influyen en el precio de la prima.
En cualquier caso, lo más importante es que conozcas de antemano qué necesidades quieres cubrir.
Coberturas de un seguro de vida
La cobertura básica con la brinda protección una póliza de vida es el riesgo por fallecimiento del tomador del seguro por causa natural, enfermedad o accidente.
Pero conviene saber que existen otros riesgos que pueden estar incluidos como es el caso de invalidez.
Estas son algunas de las principales coberturas que incluyen las pólizas de vida.
Cobertura básica
Como te comentábamos, el fallecimiento es la cobertura básica de todos los seguros de vida que ofrecen las compañías de nuestro país.
Pero a esta protección, puedes sumarle otras garantías como son:
- Invalidez absoluta y/o total o permanente.
- Enfermedad graves/Enfermedades terminales que impidan el normal desarrollo de la actividad profesional y personal.
Coberturas adicionales
Además de elegir un capital de fallecimiento o un capital de invalidez permantente absoluta, es necesario conocer que a estas coberturas adicionales, se les puede añadir un riesgo adicional que son los accidentes y los accidentes de circulación, y estos son capitales que consideramos como “dobles” o “triples”. Es decir, si contratas 100.000€ por fallecimiento y 100.000€ por fallecimiento por accidente, recibirás 200.000€, ya que se dan las dos condiciones a la vez, esta modalidad nos permite disponer de más capital asegurado a un precio menor, porque las probabilidades de que se den las dos condiciones son más bajas. Puedes ampliar los capitales también, no solo a fallecimiento sino también a las incapacidades.
Complementos adicionales
Los seguros de vida suelen ofrecer otras garantías imprescindibles con las que es interesante contar para estar protegidos en algunos de estos supuestos, aunque pueda suponer un encarecimiento de la de prima.
- Gastos de gestoría y asesoramiento. Una protección fundamental en la que la aseguradora se encarga de asesorar al tomador para realizar el testamento y realiza todas las gestiones necesarias en caso de fallecimiento.
- Asistencia médica y segunda opinión médica. Algunas pólizas de vida también ofrecen estos servicios.
- Capital anticipado. Algunas aseguradoras disponen de una cobertura de anticipo del capital con la que se hacen cargo de los gastos de sepelio en caso de fallecimiento o para asumir costes de impuestos en la sucesión.
Póliza de vida colectiva
El seguro de vida colectivo es una póliza que cubre a varias personas en un solo contrato. Se trata de un seguro anual y renovable.
Por norma general, son pólizas que contratan empresas y colectivos profesionales para proteger a la familia del empleado en caso de fallecimiento del mismo, y dan cobertura al trabajador si por accidente o enfermedad sufre una invalidez.
Muchas de estas pólizas se contratan por asociaciones profesionales o colegios profesionales e instituciones públicas para los trabajadores que se rigen bajo ciertos convenios colectivos.
Así, y al igual que en los seguros de vida individuales, los seguros de vida colectivos cubren con una indemnización los casos de fallecimiento o invalidez, tanto absoluta como permanente, ya sea debido a una enfermedad o a un accidente.
Además, hay aseguradoras que incluyen un capital adicional si la persona ha fallecido en un accidente de tráfico o como consecuencia de un siniestro laboral.
Los beneficiarios pueden recibir su indemnización en forma de capital o renta.
¿A qué edad contratar un seguro de vida?
Cuando vamos a contratar una póliza de vida lo que no sabemos muchas veces es la contratación de la misma está condicionada y vinculada a unos requisitos de edad.
Algunos de estos requisitos en la edad vienen impuestos por la ley o bien la propia compañía.
Estas son las edades mínimas y máximas para contratar un seguro de vida son:
- La Ley del Contrato del Seguro estipula que los menores de 14 años no podrán hacerse un seguro de vida-riesgo.
- Los menores entre 14 y 18 años podrán contratar un seguro de vida siempre y cuando el menor no sea el tomador sino un tercero y los representantes legales del menor den su consentimiento expreso.
- Legalmente, no hay una edad máxima para suscribir este tipo de seguro, pero las aseguradoras establecen los 65 o 70 años como edad máxima para su firma.
- La mejor edad para contratar un seguro de vida, según los expertos, es hacerlo sobre los 30 y los 40 años, al inicio de la vida laboral o la creación de una familia.
Ahora que ya conoces cómo es y qué aspectos generales incluye una póliza de vida, no olvides que antes de suscribir cualquier póliza debes considerar una serie de cuestiones fundamentales para contar con las protecciones que mejor de adapten a ti y a tu necesidad familiar en un futuro.
La cobertura principal del seguro, la edad límite, la cantidad a asegurar o las cláusulas del seguro de vida son factores que no debes pasar por alto.